Artículos (Nutrición y Bromatología, Toxicología y Medicina Legal)
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Examinando Artículos (Nutrición y Bromatología, Toxicología y Medicina Legal) por Autor "Alonso Lebrero, Elena"
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Artículo Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) sobre condiciones de uso de determinadas sustancias para ser empleadas en complementos alimenticios-4(Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, 2015) Font, Guillermina; Barat Baviera, José Manuel; Hardisson De La Torre, Arturo; Martí del Moral, Amelia A.; Pérez Martínez, Gaspar; Ríos Cañavate, José Luis; Simal Gándara, Jesús; Estruch Riba, Ramón; Jos Gallego, Ángeles Mencía; Martínez Caballero, María Aranzazu; Ros Berruezo, Gaspar Francisco; Universidad de Sevilla. Departamento de Nutrición y Bromatología, Toxicología y Medicina Legal; Alonso Lebrero, Elena; Barat Baviera, José Manuel; Conchello Moreno, Pilar; Estruch Riba, Ramón; Calderón Pascual, Vicente; Universidad de Sevilla. CTS358: ToxicologíaLos complementos alimenticios son alimentos cuyo fin es complementar la dieta normal y que consisten en fuentes concentradas de nutrientes (vitaminas y minerales) o de otras sustancias que tienen un efecto nutricional o fisiológico, en forma simple o combinada. Los complementos se comercializan en forma dosificada, se entregan al consumidor final únicamente preenvasados. En ningún caso, deben sustituir al uso de medicamentos sin una supervisión médica adecuada. Sólo deben utilizarse para complementar la dieta y, de forma general, su uso no es necesario si se sigue una dieta variada y equilibrada, a la que no pueden reemplazar. En España los complementos alimenticios están regulados por el Real Decreto 1487/2009 que traspuso a la legislación española la Directiva 2002/46/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros en materia de complementos alimenticios. Sin embargo, actualmente sólo está regulado el uso de vitaminas y minerales, por lo que se ha solicitado al Comité Científico que realice una valoración de la propuesta de autorización de la utilización de determinadas sustancias distintas de vitaminas y minerales en la fabricación de complementos alimenticios. Las sustancias propuestas por la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) son: ácido L-aspártico, L-citrulina, glicina, L-prolina, L-serina, L-arginina-L-aspartato, L-lisina-L-aspartato, L-lisina-L-glutamato, N-acetil-L-cisteína, N-acetil-L-metionina, hidroximetilbu- tirato, ácido lipoico, Monascus purpureus, carbón activo y lactulosa. El Comité Científico ha valorado cada propuesta, analizando las características y fuentes de cada sustancia, así como la nutrición, metabolismo y seguridad y ha concluido, en cada caso, si la presentada por la AECOSAN era aceptable desde el punto de vista de su seguridad en su uso como complemento alimenticio. En ningún caso, la evaluación realizada supone un aval de la eficacia biológica de las sustancias y dosis valoradas. El Comité Científico indica que, en todo caso es necesario que las personas que estén sometidas a tratamientos con medicamentos consulten con su médico la oportunidad o conveniencia de consumir complementos alimenticios dada la posibilidad de que existan interferencias en algunos casos.Artículo Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) sobre el riesgo del uso de Tribulus terrestris en complementos alimenticios(Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, 2015) Ríos Cañavate, José Luis; Jos Gallego, Ángeles Mencía; Universidad de Sevilla. Departamento de Nutrición y Bromatología, Toxicología y Medicina Legal; Alonso Lebrero, Elena; Barat Baviera, José Manuel; Conchello Moreno, Pilar; Estruch Riba, Ramón; Calderón Pascual, Vicente; Universidad de Sevilla. CTS358: ToxicologíaTribulus terrestris L. es una planta de la familia Zygophyllaceae cuyo uso en complementos alimenticios está autorizado en varios países de la Unión Europea y que contiene de manera natural varias sustancias activas, entre las que destacan saponósidos esteroídicos, alcaloides b-carbolínicos, favonoides y lignanamidas. La toxicidad de Tribulus terrestris en animales ha sido ampliamente documentada a lo largo de su historia como planta medicinal y se describen efectos negativos a nivel neuronal, muscular, hepático y renal. Algunos países consideran que utilizar partes de la planta de Tribulus terrestris en la elaboración de complementos alimenticios no es seguro, por lo que impiden su comercialización y lo comunican al sistema de alertas europeo RASFF (Rapid Alert System for Food and Feed). El Comité Científico ha realizado una evaluación del riesgo a fin de determinar si el consumo de frutos, partes aéreas de la planta y sus extractos de Tribulus terrestris en complementos alimenticios es seguro y ha concluido que no hay disponibles datos toxicológicos suficientes que permitan evaluar la seguridad del uso de partes de la planta de Tribulus terrestris en complementos alimenticios. En cualquier caso, se considera que las cantidades máximas diarias de Tribulus terrestris en complementos alimenticios no deberían superar las dosis de uso farmacológico y que en los complementos debería constar la parte de la planta empleada, y si se trata de un extracto u otra forma de preparación, así como el contenido en saponósidos.