Artículos (Derecho Mercantil)

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  • Acceso AbiertoArtículo
    Algunas cuestiones en relación con el derecho de voto. Especial atención al voto plural en las sociedades capitalistas y cooperativas
    (Centro Internacional de Investigación e Información sobre la Economía Pública, Social y Cooperativa, CIRIEC, 2019) Viguera Revuelta, Rodrigo; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    Dentro del conjunto de derechos y obligaciones que conforma el estatuto jurídico del socio, uno de los aspectos más analizados por parte de la doctrina es el derecho de voto, debido a la relevancia de su contenido y a la litigiosidad que presenta su ejercicio. Con base en su regulación en las sociedades de capital, prevista en la Ley de Sociedades de Capital, nos adentramos –a continuación– en la regulación del mismo en las sociedades cooperativas teniendo en cuenta la variedad de normas al contar en nuestro país con una Ley nacional y dieciséis leyes autonómicas. Mientras que en el ámbito de las sociedades anónimas está vigente el principio de proporcionalidad entre la participación del socio en el capital y su ejercicio del derecho de voto; en las sociedades de responsabilidad limitada este principio de proporcionalidad no es tan estricto y se permite que, a través de las cláusulas estatutarias, se pueda romper la mencionada proporcionalidad entre el capital y el voto. En las sociedades cooperativas se parte del voto por cabeza si bien está permitido, con importantes límites y requisitos, la posibilidad de introducir el voto plural o voto múltiple el cual supone, en la práctica, que determinadas participaciones sociales den derecho a su titular a emitir uno o varios votos, rompiendo de esta forma el axioma de una participación social (un hombre), un voto.
  • Acceso AbiertoArtículo
    Celebración de juntas generales telemáticas. Aspectos controvertidos
    (Universidad Miguel Hernández de Elche, 2024) Viguera Revuelta, Rodrigo; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    La presente investigación tiene como objetivo principal examinar la evolución de las juntas generales de socios telemáticas. La regulación en esta concreta modalidad de reunión que, inicialmente era muy limitada en la Ley de Sociedades de Capital, experimentó importantes cambios a raíz de la pandemia provocada por el COVID-19, la cual alteró drásticamente la dinámica de las juntas generales presenciales, haciéndolas inviables debido a las restricciones sanitarias. En primer lugar, se explicarán los distintos tipos de junta telemática, distinguiendo entre las reuniones mixtas, también llamadas híbridas; y las reuniones exclusivamente telemáticas. A continuación, se procederá a analizar en detalle la normativa aplicable, destacando especialmente las reformas introducidas en la legislación española en las juntas virtuales, celebradas sin la presencia física de ningún socio. En el desarrollo del presente estudio, se abordan los principales requisitos que implica la implementación de estas nuevas juntas telemáticas, haciendo especial énfasis en la previsión estatutaria, en el quórum necesario para realizar la modificación de los estatutos sociales, en el anuncio de la convocatoria de la junta en cuestión, así como en el lugar de celebración de estas juntas virtuales de socios. Finalmente, la investigación analiza aquellos aspectos más controvertidos que presenta la celebración de estas reuniones virtuales de socios; especialmente los retos asociados a la identificación fiable de los socios participantes.
  • EmbargoArtículo
    El deber de no competencia en la sociedad profesional de capital
    (Aranzadi la Ley, 2024-04-30) Lorenzo Camacho, María Salomé; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil; Universidad de Sevilla. SEJ-380: Régimen jurídico del tráfico empresarial
  • EmbargoArtículo
    La incidencia de la fase de liquidación concursal en el deber de formular las cuentas anuales de la sociedad deudora
    (Civitas, 2023-06-30) Moreno Buendía, Francisco Jesús; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    Este trabajo aborda la discusión relativa a si subsiste el deber de elaborar las cuentas anuales de la sociedad deudora cuando se abre la fase de liquidación en el concurso de acreedores. A continuación, una vez constatada la vigencia del citado deber, se analizan, por un lado, la incidencia de la fase de liquidación sobre la formulación de las cuentas anuales y, por el otro, la posible exoneración del cumplimiento de esta obligación. Esta última cuestión ha merecido respuestas dispares por parte de los jueces de lo mercantil y de la doctrina, lo que hace necesario su estudio desde varias perspectivas, tomando en consideración los distintos intereses que pueden resultar afectados por la dispensa.
  • Acceso AbiertoArtículo
    Las funciones del Derecho concursal: tendencias actuales en el Derecho comparado
    (Universidad La Gran Colombia, 2021) Moreno Buendía, Francisco Jesús; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    Las crisis económicas sufridas por la mayoría de los países industrializados han removido los cimientos del Derecho concursal, especialmente en lo que atañe a sus principios y funciones elementales. En este sentido, el aumento del volumen y de la complejidad de las estructuras empresariales ha incidido notablemente en las recientes reformas del Derecho concursal, las cuales han tratado de incentivar la función conservativa de los procedimientos concursales. El propósito de este artículo es analizar las dinámicas en la configuración de la función del Derecho concursal presentes en las recientes intervenciones legislativas llevadas a cabo por algunos países Europeos y Latinoamericanos. Para alcanzar dicho objetivo se sigue fundamentalmente un método analítico-descriptivo, a través del cual se justifica la relevancia interpretativa de la función del Derecho concursal, y se exponen las funciones tradicionales atribuidas a este sector del ordenamiento jurídico y el protagonismo de la función conservativa presente en las últimas reformas. A partir de ello, se realiza un análisis económico-funcional de esta tendencia, lo cual permite descubrir las tensiones existentes entre la función conservativa y la función solutoria. Desde esta perspectiva, se concluye sobre la necesidad de priorizar la finalidad solutoria de los procedimientos concursales, a pesar de la relevancia que actualmente se atribuye a la protección de la empresa en crisis mediante su saneamiento o rehabilitación.
  • Acceso AbiertoArtículo
    La capitalización de créditos en el convenio concursal y la prohibición de propuestas condicionadas (A propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo 296/2022 [1.ª_] de 6 de abril de 2022)
    (Civitas, 2022-09) Moreno Buendía, Francisco Jesús; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    La Sentencia del Tribunal Supremo 296/2022, de 6 de abril, analiza la validez de una propuesta alternativa de convenio consistente en la conversión de créditos en acciones. Debido a que la junta general es el órgano competente para adoptar el acuerdo de aumento de capital social necesario para la capitalización de los créditos, se plantea
  • EmbargoArtículo
    El procedimiento especial para microempresas desde una perspectiva digital
    (La Ley, 2023-07-01) Cifredo Ortiz, Patricia; Moreno Buendía, Francisco Jesús; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil; Universidad de Sevilla. PID2021-125896OB-I00 :Contratación digital, plataformas en línea e inteligencia artificial: responsabilidad empresarial y seguro de responsabilidad civil por riesgos cibernéticos
    El procedimiento especial para microempresas ha sido incorporado a nuestro Derecho de insolvencia por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal. Su configuración se basa en el uso de tecnología y de herramientas digitales, algunas de ellas creadas ad hoc. El presente trabajo tiene por objeto analizar la integración de estos instrumentos digitales en el procedimiento, así como examinar la incidencia que pueden tener sobre la posición del deudor y de los acreedores en las actuaciones que se lleven a cabo.
  • EmbargoArtículo
    La novedosa regulación sobre los contratos en el preconcurso. A propósito del proyecto de ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal
    (Aranzadi, 2022-08-31) Cifredo Ortiz, Patricia; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    La Directiva (UE) 2019/1023, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, tiene por objetivo la armonización sustantiva del Derecho de la insolvencia de los Estados miembros. En nuestro país, ello conlleva la modificación del Texto Refundido de la Ley Concursal, encontrándose dicho proceso en trámite y próximo a finalizar. En particular, dentro de esa reforma, resulta significativa la introducción de un régimen sobre los contratos en el preconcurso, que adelanta en cierto modo los efectos de la declaración del procedimiento concursal sobre los contratos.
  • EmbargoArtículo
    Desiguales reformas en materia de responsabilidad de administradores: altos directivos, consejeros públicos y consejeros de entidades aseguradoras
    (Thomson Reuters Aranzadi, 2021) Martínez-Gijón Machuca, Pablo; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil; Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO). España
    El presente artículo se centra en el análisis de algunas cuestiones que suscita el régimen de la responsabilidad de los administradores en las sociedades de capital. En primer lugar, se hará referencia a las principales novedades legislativas introducidas en sede de responsabilidad de administradores, con particular atención a la extensión del ámbito subjetivo de la responsabilidad a la persona que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad (altos directivos y asimilados). En segundo lugar, se expondrán las matizaciones que el Tribunal Supremo ha ido haciendo con relación a sus criterios interpretativos bastante consolidados en materia de responsabilidad de administradores. Y, por último, se incluyen algunas reformas sectoriales sobre la responsabilidad de los administradores.
  • EmbargoArtículo
    Algunos supuestos de pago en especie en las sociedades de capital. Particular referencia al caso del socio separado o excluido
    (Thomson Reuters Aranzadi, 2021) Martínez-Gijón Machuca, Pablo; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil; Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO). España
    El presente artículo analiza algunas cuestiones sobre la liquidación en especie en las sociedades de capital. En primer lugar, nos detendremos en el pago en especie del derecho al dividendo, la devolución in natura de las aportaciones sociales, en caso de reducción de capital para devolver al socio el valor de sus aportaciones y el pago en especie de la cuota de liquidación tras la disolución de la sociedad. En segundo lugar, estudiaremos si tal posibilidad es extensible a los casos de reembolso al socio separado o excluido, pues en estos últimos supuestos la Ley de Sociedades de Capital no se ha pronunciado explícitamente al respecto. Y, por último, trataremos algunas cuestiones prácticas que surgen en torno a la liquidación en especie de la posición del socio separado o, en su caso, excluido.
  • Acceso AbiertoArtículo
    Acción de repetición y responsabilidad civil de las entidades aseguradoras de asistencia sanitaria
    (Thomson Reuters Aranzadi, 2023-09-01) Martínez-Gijón Machuca, Pablo; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    En este artículo se expone, en primer lugar, la doctrina jurisprudencial acerca de la responsabilidad civil de las entidades de seguros de asistencia sanitaria. No se pretende más que destacar los aspectos más relevantes de la doctrina vertida por el Tribunal Supremo en las numerosas resoluciones existentes sobre la materia, pues el análisis exhaustivo de la responsabilidad civil en el ámbito sanitario excede, en mucho, las pretensiones de este trabajo. En segundo lugar, se analizan las relaciones existentes entre las aseguradoras de asistencia sanitaria y los distintos sujetos que intervienen en la ejecución del acto médico del que deriva el resultado dañoso, prestando una particular atención al vínculo que une a tales aseguradoras con los facultativos de su cuadro médico. Y, por último, se estudia el ejercicio de la acción de repetición por parte de las entidades de seguros de asistencia sanitaria contra los facultativos que integran sus cuadros médicos y sus compañías aseguradoras de responsabilidad civil.
  • EmbargoArtículo
    Problemas jurídicos derivados de la utilización de los asistentes virtuales conversacionales en el ámbito empresarial
    (Aranzadi, 2024) Pacheco Cañete, Matilde; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    Los asistentes virtuales conversacionales o chatbots son objeto de utilización creciente en el ámbito empresarial tanto en la fase precontractual, en la que proporcionan información y asesoramiento a los potenciales clientes, como en la fase de cumplimiento del contrato, en las gestiones posteriores que pueda requerir el producto o servicio contratado. En particular, están ampliamente implantados en el ámbito comercial, financiero, asegurador y turístico. Son diversas las cuestiones que desde un punto de vista jurídico la materia suscita y que serán objeto de estudio, aunque el nudo gordiano estriba en determinar a quién debe atribuirse la responsabilidad en el supuesto de que un asistente virtual conversacional, proporcione al usuario en sus respuestas o recomendaciones una información inexacta o falsa, a consecuencia de la cual adopte decisiones de carácter lesivo. La materia será objeto de análisis diferenciando en atención a los niveles de tecnología empleados por los chatbots, así como la distinta posición que puede ocupar el empresario que brinda el servicio de chatbot frente al usuario del sistema, en un contexto jurídico en el que las normas vigentes que resultan d e aplicación están formuladas desde una perspectiva antropocéntrica y unicausalista.
  • EmbargoArtículo
    Requisitos para el ejercicio del derecho de separación ex artículo 348 bis LSC y competencia del registrador mercantil para apreciar su concurrencia: a propósito de la STS 663/2020, de 10 de diciembre (JUR 2020, 360711)
    (Thomson Reuters Aranzadi, 2021-01) Brenes Cortés, Josefa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    El TS en la Sentencia 663/2020 de 10 de diciembre de 2020 se pronuncia, por vez primera, sobre el derecho de separación de los socios por falta de distribución de dividendos regulado en el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital (LSC). La incorporación de este derecho en el Ordenamiento jurídico español, por la Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital, ha sido objeto de numerosos debates jurisprudenciales, doctrinales y legislativos y, tras apenas unos meses de vigencia, fue objeto de sucesivas suspensiones. En enero de 2017 entró finalmente en vigor, pero en diciembre de 2018 se reformó con el objetivo de aclarar ciertos aspectos controvertidos, algunos de los cuales se abordan en esta resolución jurisprudencial. El presente comentario se ciñe al análisis de los diferentes elementos que condicionan el ejercicio del derecho de separación del socio ante un acuerdo de la junta general contrario a una propuesta de reparto de dividendos y al examen de la competencia del Registrador mercantil para apreciar la concurrencia de tales requisitos.
  • EmbargoArtículo
    Eficacia de la declaración de separación, pérdida de la condición de socio y clasificación concursal del crédito de reembolso del socio que se separa ex artículo 348 bis LSC: a propósito de las SSTS núm. 4/2021, de 15 de enero, núm. 46/2021, de 2 de febrero y 64/2021, de 9 de febrero)
    (Thomson Reuters Aranzadi, 2021-08) Brenes Cortés, Josefa
    La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en la Sentencia núm. 4/2021, de 15 de enero -cuya doctrina ha sido posteriormente confirmada por la misma Sala en las SSTS núm. 46/2021, de 2 de febrero y 64/2021, de 9 de febrero- ha abordado de modo directo la cuestión relativa a la posición del socio que ha ejercitado su derecho de separación ex artículo 348 bis LSC ante una sociedad que posteriormente ha sido declarada en concurso. Al resolver el recurso planteado, el Tribunal Supremo se pronuncia sobre algunos de los aspectos más debatidos por la doctrina y jurisprudencia en relación con este instituto: a saber, la naturaleza jurídica de este derecho, el momento del nacimiento del crédito de reembolso y el de la pérdida de la condición de socio, el carácter concursal o extraconcursal de su crédito y su clasificación más adecuada en sede concursal. El TS confirma que el socio que ejercita su derecho de separación no pierde la condición de tal hasta que no le es reembolsado el valor de su cuota en la sociedad. Ese valor se fija con referencia al momento en que la sociedad recibe la comunicación del socio ejercitando su derecho. Si la sociedad es declarada en concurso antes del referido abono, el crédito del socio contra la sociedad será concursal y podrá ser calificado como subordinado.
  • EmbargoArtículo
    Sobreendeudamiento del consumidor: crédito al consumo y crédito inmobiliario
    (Thomson Reuters Aranzadi, 2020) Brenes Cortés, Josefa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    Ni la Ley de Contratos de Crédito al Consumo ni la reciente Ley de Contratos de Préstamos Inmobiliarios contemplan sanciones realmente efectivas que disuadan al prestamista de conceder prestamos de forma irresponsable. El examen detenido de la extensa regulación sobre la obligación de evaluar la solvencia que recogen estas Leyes nos permite concluir que el tratamiento legal que incorporan resulta insuficiente porque sólo contemplan sanciones administrativas en caso de incumplimiento de dicha obligación sin que se recoja un adecuado sistema de sanciones jurídicos-civiles que impidan la concesión irresponsable del crédito y, en consecuencia, el sobreendeudamiento del consumidor. Es cierto, que La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario ha introducido importantes novedades en materia de transparencia y protección del consumidor de crédito, pero el legislador se equivoca al pensar que dicha protección ex ante le impedirá endeudarse de forma irresponsable. La obligación de evaluar la solvencia supone el reconocimiento implícito de que la transparencia informativa es insuficiente por sí sola para lograr esa finalidad.
  • EmbargoArtículo
    Venta de unidades productivas y pre-pack concursal
    (Thomson Reuters Aranzadi, 2021-05) Brenes Cortés, Josefa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil; Ministerio de Economía, Industria y Competitividad; Universidad de Sevilla. DER2017-84775-C2-1-P: Análisis, desarrollo y perspectivas de las instituciones societarias y concursales idóneas para el tratamiento y solución de las crisis empresariales
  • Acceso AbiertoArtículo
    Algunas cuestiones relevantes que suscita la regulación contenida en la directiva (UE) 2019/1023 del parlamento europeo y del consejo, de 20 de junio de 2019, en materia de instrumentos de alerta, exoneración de deudas y segunda oportunidad
    (Universidad Miguel Hernández de Elche: Servicio de Innovación y Apoyo Técnico a la Docencia e Investigación, 2020) Brenes Cortés, Josefa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    En este trabajo se analiza con carácter general la regulación de algunas de las cuestiones interesantes que establece la Directiva 2019/1023 de 20 de junio de 2019 sobre instrumentos de alerta temprana y exoneración del pasivo insatisfecho con objeto de proponer las opciones regulatorias que consideramos más adecuadas para su transposición en el Derecho español y que, indudable, exigirán determinadas modificaciones en nuestra Ley Concursal.
  • Acceso AbiertoArtículo
    El derecho de separación por falta de distribución de dividendos en el seno de los grupos de sociedades
    (Universidad Miguel Hernández de Elche: Servicio de Innovación y Apoyo Técnico a la Docencia e Investigación, 2019) Brenes Cortés, Josefa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil; Ministerio de Economía, Industria y Competitividad; Universidad de Sevilla. DER2017-84775-C2-1-P: Análisis, desarrollo y perspectivas de las instituciones societarias y concursales idóneas para el tratamiento y solución de las crisis empresariales
    El apartado cuarto del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, incorporado por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre reconoce un derecho de separación alternativo (cumulativo al del derecho de separación en cuentas individuales) en base a los resultados consolidados del grupo. La finalidad de la norma es la de garantizar a los socios de la sociedad dominante su propio derecho de separación en caso de insuficientes dividendos, lo que constituye una auténtica novedad respecto a la redacción anterior del precepto
  • Acceso AbiertoArtículo
    Desvirtualización legislativa y práctica del seguro decenal de daños
    (Universidad Pontificia Comillas: Facultad de Derecho, 2013) Brenes Cortés, Josefa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    En el presente trabajo se examinan las principales limitaciones de las que adoleceel seguro decenal de daños de la edificación, ya que en la Ley 38/1999, de 5 denoviembre, de Ordenación de la Edificación esta garantía aparece configurada demodo muy particular (art. 19 LOE). Además, se impone la obligación de suscribirseguros únicamente a los agentes de la edificación, sin que de forma paralela se establezcatal exigencia a las entidades aseguradoras y se exonera del cumplimiento deesta garantía a las edificaciones en las que el promotor sea una Administraciónpública (art. 1.3 LOE). Por último, el alcance del seguro decenal ha quedado restringido aún más con la modificación operada a través del artículo 105 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que excluye de la obligación de suscribir las garantías obligatorias los supuestos de autopromoción individual y rehabilitación de edificios.
  • Acceso AbiertoArtículo
    El nuevo régimen de retribución de los consejeros ejecutivos tras la reforma operada por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del Gobierno Corporativo
    (Universidad Miguel Hernández de Elche: Servicio de Innovación y Apoyo Técnico a la Docencia e Investigación, 2015) Brenes Cortés, Josefa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantil
    En el presente trabajo abordamos un tema de especial interés y relevancia, no sólo por su actualidad sino también por la dificultad que entraña: el relativo a la autonomía o no del contrato remuneratorio de los consejeros ejecutivos en relación con los estatutos y con el acuerdo de junta del artículo 217 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital tras la modificación operada en el régimen jurídico aplicable a la retribución de los administradores por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la reforma del Gobierno Corporativo