Artículos (Derecho Financiero y Tributario)
URI permanente para esta colecciónhttps://hdl.handle.net/11441/11151
Examinar
Envíos recientes
Artículo La autorización para instalación y explotación de terrazas no constituye un hecho imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas: límites a la interpretación extensiva de la regla especial del artículo 13.2 TRITPAJD(Dykinson, 2025) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y Tributario; Ministerio de Ciencia e Innovación (MICIN). EspañaEl aprovechamiento especial del dominio público permitido a través de la autorización de instalación y explotación de terrazas para el ejercicio en ellas de actividades de restauración en la vía pública no constituye un hecho imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, en aplicación de los artículos 7.1.B) y 13.2 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. La regla especial contenida en este último artículo no supone una equiparación automática de las concesiones administrativas demaniales y las autorizaciones para el aprovechamiento especial de los bienes de dominio público, y debe interpretarse en el sentido de que solo resultaran gravadas estas últimas, si la intensidad del uso del dominio público es tal que origina un desplazamiento patrimonial a favor del autorizado equiparable materialmente a una concesión.Artículo La nulidad de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de reparto del e-commerce de Barcelona tras las sentencias del TSJ de Cataluña de 19 de julio de 2024(Dykinson, 2024) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y Tributario; Universidad de Sevilla. PID2021-125061NB-I00: Las difusas fronteras en la regulación de los distintos procedimientos tributarios. Mejoras técnicas necesarias en su delimitación. Seguridad jurídica versus litigiosidadLa tasa por aprovechamiento especial del dominio público derivado de la distribución a destinos finales indicados por los consumidores de bienes adquiridos por comercio electrónico, también conocida como tasa de reparto del e-commerce (tasa TREC) o de forma más mediática, como “tasa Amazon”, regulada en el Ayuntamiento de Barcelona se ha visto rodeada de una fuerte polémica desde su entrada en vigor el 1 de marzo de 2023. El 19 de julio de 2024, se han publicado dos Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 2819/2024 y 2820/2024, que han declarado nula de pleno derecho la Ordenanza Fiscal reguladora del tributo, por entender que no se grava el aprovechamiento especial del dominio público que realizan los operadores postales cuando llevan a cabo las entregas de sus envíos, sino la actividad que realizan las grandes empresas de comercio electrónico. Estos y anteriores pronunciamientos judiciales, impiden la exigencia del tributo y dejan abierta la vía de recurso de casación para que sea el Tribunal Supremo quien finalmente se pronuncie sobre la novedosa tasa.Artículo El papel de las normas comunitarias sobre cooperación administrativa en el ámbito de la imposición directa en la jurisprudencia del TJUE(Ministerio de Hacienda: Instituto de Estudios Fiscales, 2014) Lasarte López, Rocío; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioArtículo Aspectos conflictivos en la valoración de inmuebles urbanos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles(Ministerio de Hacienda: Instituto de Estudios Fiscales, 2019) Lasarte López, Rocío; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioArtículo La idoneidad del procedimiento de devolución de ingresos indebidos en el IBI mediando liquidaciones firmes afectadas por una alteración catastral: efectos en otros impuestos que configuren su base imponible sobre el valor catastral(Dykinson, 2024) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioEl Tribunal Supremo, en Sentencia 1753/2023, de 21 de diciembre, establece como doctrina legal el derecho a la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles indebidamente ingresadas a través del procedimiento del devolución de ingresos indebidos del artículo 224.1.3º LGT, en aquellos casos en que, como consecuencia de un procedimiento de subsanación de discrepancias del art. 18 TRLCI, se reduce el valor catastral que afecta a liquidaciones firmes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, poniendo de manifiesto la desconexión existente en este sistema dual entre los procedimientos de gestión catastral y tributaria. En esta sentencia se hace una interesante labor de recapitulación de la jurisprudencia sobre la materia, que pone de manifiesto actuaciones contrarias al principio de buena administración por parte de algunos ayuntamientos. Aunque la Sentencia se refiere al IBI, entendemos que su contenido puede extrapolarse a otros impuestos de gestión compartida, tan relevantes como el IIVTNU o el IAE.Artículo Tasa por aprovechamiento especial de los caminos municipales utilizados por vehículos industriales para el transporte de áridos: la necesaria precisión de la delimitación de los elementos esenciales por la ordenanza fiscal(Dykinson, 2023-12-31) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioLos ayuntamientos en el uso de las competencias que les otorga la Constitución Española y la Ley Reguladora de Haciendas Locales pueden establecer tasas por el aprovechamiento especial de los bienes de dominio público. En este trabajo analizamos la tasa que establecen algunos ayuntamientos por el aprovechamiento especial de los caminos públicos para el transporte de áridos extraídos en el término municipal, y se estudia si el régimen administrativo de utilización del dominio público que, en este caso, al tratarse de un aprovechamiento especial requeriría una autorización administrativa, actúa como presupuesto del devengo de la tasa y aunque no forma parte del hecho imponible, es condición para que se dé este último. También se analiza si es posible el establecimiento de un supuesto de sustitución del contribuyente.Artículo La fiscalidad de los ingresos que surgen por el uso de redes sociales y páginas web gratuitas (en un contexto de revisión de los impuestos sobre las grandes empresas de la economía digital)(Wolters Kluwer España, 2019) Toribio Bernárdez, Luis; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioEn los últimos años, el Derecho Tributario ha venido poniendo el foco en las nuevas realidades surgidas de la economía digital, tanto en las grandes empresas del sector como en los profesionales que han convertido las redes sociales en su medio de vida. En el presente estudio reflexionamos sobre el régimen fiscal de los ingresos que llegan a percibir estos sujetos (YouTubers, Instagramers, Influencers,…), centrándonos en algunas cuestiones prácticas particularmente conflictivas: la creación de sociedades interpuestas; los traslados de residencia a territorios de baja tributación; o las dudas sobre la calificación en el IRPF de los rendimientos obtenidos.Artículo El alcance de la habilitación legal a favor de las áreas metropolitanas para regular el recargo sobre el Impuesto sobre bienes inmuebles(Dykinson, 2023-12-21) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioEl artículo 153.1 a) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de Haciendas Locales (TRLHL) prevé que las áreas metropolitanas puedan establecer un recargo sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se devengue sobre los inmuebles situados en el territorio de la entidad, exigible a los mismos sujetos pasivos y en los mismos casos contemplados en la normativa reguladora de este impuesto, consistiendo éste en un porcentaje único que recaerá sobre la base imponible del IBI, sin que su tipo pueda superar el 0,2 por ciento. El Área Metropolitana de Barcelona haciendo uso de esa posibilidad mediante la Ordenanza fiscal reguladora del citado recargo, excluye del gravamen a los bienes inmuebles de naturaleza rústica y establece una reducción a la cuota íntegra de dicho recargo no aplicable a los bienes inmuebles de características especiales, excediéndose según el Tribunal Supremo de la habilitación legal prevista en la legislación local.Artículo La fallida tasa por instalación de ventanillas o tornos en las farmacias: no todo es aprovechamiento especial del dominio público(Dykinson, 2023) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioAnte la pretensión de exigir por el Ayuntamiento de Aspe (Alicante) una nueva tasa por aprovechamiento especial del dominio público por los dispositivos de atención situados en las farmacias en línea de fachada y acceso desde el exterior, el Tribunal Supremo rechaza la existencia de un aprovechamiento especial del dominio público al considerar que, dadas las especiales características de la atención farmacéutica, no se produce la eventual intensidad del uso del dominio público ni un beneficio particular asociado al mismo, por lo que no resulta aplicable en este supuesto la jurisprudencia relativa a la tasa por cajeros automáticos.Artículo Las prestaciones patrimoniales de carácter público en Derecho Tributario francés(Lex Nova, 1997) Márquez Campón, Eva; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioArtículo Aplicación práctica de los beneficios fiscales por la transmisión de empresas familiares en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Dificultades e incongruencias a la hora de calcular la principal fuente de renta(Aranzadi, 2019) Toribio Bernárdez, Luis; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioArtículo Comentarios al Modelo de Convenio de la OCDE(Instituto de Estudios Fiscales, 2011) Díaz Ravn, Nicolás; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioArtículo Análisis de la nueva tasa por aprovechamiento especial del dominio público derivado de la distribución a destinos finales indicados por los consumidores de bienes adquiridos por comercio electrónico: la llamada “Tasa Amazon”(Voluntad, 2023) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioArtículo Régimen fiscal de las compensaciones retributivas derivadas del teletrabajo: cuestiones sin resolver y propuestas de regulación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas(Thomson Reuters Aranzadi, 2021) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioEl pasado mes de septiembre se aprobó el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, que actualmente se encuentra tramitándose como Ley. En dicha normativa no se hace ninguna referencia a aspectos tributarios derivados del “teletrabajo” y dada la generalización de este en estos últimos meses a consecuencia de la crisis debido al COVID-19, se han generado ciertas dudas sobre el tratamiento fiscal que la Administración tributaria pueda aplicar a las retribuciones y compensaciones que las empresas entregan a los teletrabajadores. En este artículo nos ocupamos de realizar propuestas normativas que mejoren su regulación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Capítulo de Libro Informe de impacto en la infancia, la adolescencia y la familia del proyecto de ley de presupuestos generales del estado para 2019(Universidad de Salamanca, 2020) Mories Jiménez, María Teresa; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y Tributario; Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO). EspañaArtículo La reserva de nivelación en el nuevo impuesto sobre sociedades. Cuestiones prácticas tributarias y contables(Ministerio de Hacienda: Instituto de Estudios Fiscales, 2015) Lasarte López, Rocío; Jiménez Cardoso, Sergio Manuel; Universidad de Sevilla. Departamento de Contabilidad y Economía Financiera; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioEl artículo 105 de la LIS incorpora a nuestro ordenamiento tributario la reducción de nivelación, aplicable por las entidades de reducida dimensión sujetas al tipo general que no sean entidades patrimoniales. En general, la reducción de nivelación no supone un descenso de la tributación, sino sólo su retraso. Aunque para el contribuyente es más favorable que el método general de compensación de bases imponibles empleado en España (conocido internacionalmente como carry-forward), las entidades más beneficiadas por esta norma serán las que no presenten bases imponibles negativas. En este trabajo se discute el artículo 105 de la LIS y se resuelven cuatro casos, que permiten abordar de forma bastante exhaustiva los problemas concretos y prácticos (tanto de naturaleza tributaria como contable) que plantea la reducción de nivelación y la reserva de nivelación relacionada con ella.Artículo El acuerdo Estado-Confesión como eje del modelo de financiación de los cultos religiosos en España. Análisis a la luz del principio de libertad religiosa(Instituto para el Estudio de la Libertad Religiosa ; Boletín Oficial del Estado, BOE, 2015) Sanz Gómez, Rafael J.; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioEste trabajo representa mediante un grafo dirigido la configu- ración del sistema que regula la financiación de los cultos en España e identifica los diferentes subsistemas que lo componen. Luego, lo analiza desde la doble perspectiva del derecho a la libertad religiosa y el principio de igualdad.Artículo Airbnb, ¿economía colaborativa o economía sumergida?: reflexiones sobre el papel de las plataformas de intermediación en la aplicación de los tributos(Ministerio de Hacienda. Instituto de Estudios Fiscales, 2017) Sanz Gómez, Rafael J.; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y TributarioArtículo Luces y sombras de una ¿esperada? herramienta contra el abuso del Derecho tributario(Ministerio de Hacienda: Instituto de Estudios Fiscales, 2016) Sanz Gómez, Rafael J.; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y Tributario; Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO). EspañaLa Ley 34/2015 introduce toda una serie de reformas relativas al llamado conflicto en la aplicación de la norma. Fundamentalmente, el artículo 206 bis regula un nuevo supuesto de infracción, que se calificará de grave, cuando la Administración haya previamente calificado de abusivo el esquema aplicado por un contribuyente. Coherentemente con lo anterior, se suprime la exclusión de sancio nes en el artículo 15. 3. Por su parte, el artículo 179. 2.d) presume ahora iuris tantum la “irracionabili dad” del criterio aplicado por el contribuyente cuando sea contrario al declarado previamente abusivo, o la falta de diligencia del obligado tributario. El análisis de la reforma se centra en dos cuestiones. La primera es la admisibilidad de la sanción. A tales efectos, estudiamos la reforma a la luz de la jurisprudencia sobre abuso del derecho elaborada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Proponemos la reinterpretación de la figura del con flicto en la aplicación de la norma, rechazando su asimilación al fraude de ley para aproximarlo al abuso, en la línea señalada ahora por la exposición de motivos de la Ley 34/2015; y sostenemos que la sanción del conflicto en la aplicación de la norma puede ser constitucionalmente admisible. La segunda cuestión analizada es el equilibrio (o desequilibrio) de posiciones entre el contribuyente y la Administración en la aplicación de los artículos 15 y 206 bis LGT. En general, existen elementos que harán que el criterio de la Administración sobre qué es abusivo tienda a prevalecer. Es posible que se genere inseguridad jurídica en el contribuyente que quiera conocer los criterios administrativos para adaptarse a ellos (los términos de publicación se han remitido al reglamento) y, sobre todo, en quien considere aplicable un criterio diferente: en este caso, además, no existen en primera instancia mecanismos para reducir la litigiosidad y reducir los costes de aplicación del ordenamiento jurídico.Artículo La disciplina constitucional de la prórroga de Presupuestos(Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (España), 1997) Escribano López, Francisco; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Financiero y Tributario