dc.description.abstract | En las últimas décadas, España ha sufrido una importante transformación, ha dejado de ser un país de emigrantes y se ha convertido en un país receptor de flujos migratorios. La llegada de extranjeros a tierras españolas ha sido de tal magnitud que, en la actualidad, el 12.3% de la población española es de origen extranjero. Ante esta situación, la sociedad española ha sufrido grandes transformaciones y con ellas, el marco jurídico de la extranjería ha debido enfrentar numerosos desafíos y en muchos casos se ha visto desbordado.
En España, los derechos de los extranjeros nacen de la propia Constitución; sin embargo, su artículo 13 no es suficientemente claro y contundente, por lo que su interpretación y desarrollo ha estado siempre rodeado de controversia y cuestionamientos. Así, para la obtención de un adecuado marco jurídico de la extranjería, en los últimos años, ha sido necesaria la constante intervención del Tribunal Constitucional y diversas reformas legales. Actualmente, tras un largo proceso de adecuación de la legislación de extranjería, puede decirse que los extranjeros finalmente cuentan con un importante acervo de derechos fundamentales en España.
No obstante, pese a que los extranjeros prácticamente han ganado la batalla respecto a los derechos civiles y económico-sociales, los derechos políticos siguen estando restringidos para ellos. Según la Constitución española, el acceso de los extranjeros al derecho de sufragio se contempla como una salvedad a los derechos reconocidos en el artículo 23 y para que este derecho pueda ser otorgado a los extranjeros es necesario que, atendiendo a criterios de reciprocidad, se lo establezca en un Tratado o una Ley. Este requisito de reciprocidad establecido en el artículo 13.2 de la Constitución se ha convertido en el mayor obstáculo para el reconocimiento del derecho de sufragio local a los extranjeros residentes. Ha creado un modelo de reconocimiento parcial del derecho de sufragio que solo ha contribuido a mantener a muchos colectivos de inmigrantes al margen de la participación política. Por lo que, en lugar de operar como mecanismo de inclusión, se ha convertido en un factor más de diferenciación o de creación de escalones en el estatus jurídico de los inmigrantes.
Lamentablemente, hasta el momento no ha sido posible acabar con esta limitación que, a día de hoy, resulta incompatible con las sociedades multiculturales y globalizadas en las que vivimos. Sin embargo, es necesario acabar con aquella percepción excluyente y aceptar que los extranjeros forman parte de la sociedad, y que, al igual que a los nacionales, deben poder participar a nivel político. Especialmente porque la participación política de los extranjeros, constituye una gran herramienta para promover su integración, fortalecer la legitimación democrática del Estado y garantizar la representación y participación de todos quienes forman parte de una sociedad.
Por consiguiente, todo indica que es necesario ampliar aún más el acervo de derechos fundamentales de los extranjeros. A corto plazo, la solución más adecuada para permitir la participación política de todos los extranjeros es a través de una reforma constitucional que elimine las restricciones que actualmente incluye el artículo 13.2 de la Constitución. Sólo la eliminación de requisitos como la reciprocidad, permitirían que todos los extranjeros puedan participar en los comicios municipales sin importar su nacionalidad. Sin embargo, a largo plazo esto es insuficiente pues para que exista un reconocimiento pleno de derechos fundamentales es necesario incluir a los extranjeros en todo tipo de procesos electorales. Para ello, es necesario promover un cambio de paradigma que acabe con la nacionalidad como presupuesto para el reconocimiento de derechos y permitir que otros factores como la residencia permanente constituyan el único requisito para la obtención completa de derechos políticos. Así, el reto de los ordenamientos jurídicos actuales está en avanzar hacia un concepto de ciudadanía basado en vínculos más reales que permitan la equiparación y entrega completa de los derechos fundamentales que reconoce la Constitución a todos los aquellos que forman parte de la sociedad española. | es |