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Artículo

dc.creatorLópez Gómez, José Manueles
dc.date.accessioned2020-01-27T09:45:39Z
dc.date.available2020-01-27T09:45:39Z
dc.date.issued2013
dc.identifier.citationLópez Gómez, J.M. (2013). Medidas laborales de las Comunidades Autónomas y negociación colectiva del personal laboral en tiempos de crisis. Documentación Laboral, I (97), 65-74.
dc.identifier.issn0211-8556es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/11441/92335
dc.description.abstractEsta comunicación analiza las posibilidades de actuación de las Comunidades Autónomas en el contexto de la crisis económica y financiera en la que se encuentra sumergido el país y las políticas de restricción del gasto público que desde la Unión Europea y el Gobierno y Parlamento del Estado que, de alguna u otra manera, obligan a la reducción de los gastos del personal de las Administraciones públicas, lo que implica límites a la negociación colectiva. Se trata de una presión que afecta a todas las forma de empleo en el sector público, aunque este estudio se centra en las que afectan la negociación colectiva del personal laboral de las Administraciones públicas dependientes de las Comunidades Autónomas, en la medida que pueden afectar al derecho a la negociación colectiva que expresamente les reconoce la Constitución. Se reseñan algunas de las normas legales que las Comunidades Autónomas están adoptando, que van desde la reducción de salarios, a reducciones de la jornada de trabajo o de los créditos para el ejercicio de las funciones de los representantes de los trabajadores. Se analiza la doctrina de los Tribunales Superiores de Justicia que atribuyen a las Comunidades Autónomas capacidad o competencia legislativa para modificar los convenios colectivos vigentes relativos a su personal laboral o de ellas dependientes, concluyendo que las competencias que disponen al respecto no puede ser de naturaleza legislativa, que sólo se atribuye constitucionalmente al Estado, sino que se han de articular a través del procedimiento de descuelgue o suspensión de los Convenios Colectivos establecidos en el art. 32 del EBEP. Finalmente se concluye poniendo en evidencia que esas interpretaciones dejan vacío de contenido el propio derecho constitucional a la negociación colectiva laboral.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherCincaes
dc.relation.ispartofDocumentación Laboral, I (97), 65-74.
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.titleMedidas laborales de las Comunidades Autónomas y negociación colectiva del personal laboral en tiempos de crisises
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees
dcterms.identifierhttps://ror.org/03yxnpp24
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.contributor.affiliationUniversidad de Sevilla. Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Sociales
dc.relation.publisherversionhttps://www.aedtss.com/wp-content/uploads/dl/N97/05%20Medidas%20laborales%20de%20las%20comunidades%20aut%C3%B3nomas%20y%20negociaci%C3%B3n%20colectiva%20del%20personal%20laboral%20en%20tiempos%20de%20crisis%20(L%C3%B3pez%20G%C3%B3mez).pdfes
idus.format.extent9 p.es
dc.journaltitleDocumentación Laborales
dc.publication.volumenIes
dc.publication.issue97es
dc.publication.initialPage65es
dc.publication.endPage74es

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05 Medidas laborales de las ...219.2KbIcon   [PDF] Ver/Abrir  

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