Derecho Penal y Ciencias Criminales

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  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    La victimología, encrucijada de ciencias penales
    (1996) Herrera Moreno, Myriam; Polaino Navarrete, Miguel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    La investigación aborda el seguimiento de la figura victimal, con especial referencia a su significación jurídico-penal, desde su primera etapa de preponderancia, propia de las antiguas formas de justicia privada, hasta el actual momento de eclosión promocional de que hoy es objeto. En tal objetivo, se enfatiza la relevancia de la victimología como ciencia social y penal de las víctimas, profundizándose en los hitos substantivos y metasdisciplinares hasta la fecha alcanzadas por dicha disciplina, desde su emergencia en los años treinta del presente siglo. Se analizan, así, materias victimológicas características y de universal repercusión: los ensayos de tipologias de víctimas; la problemática político-criminal del posible control del delito a partir de las víctimas potenciales (la llamada "prevención victimal"); la relevancia jurídico-penal de la víctima en cuanto reflejada en la ley penal en las etapas pre-delictiva, ejecutiva y post-delictiva, con incidencia en la problemática de la responsabilidad civil del ofensor; la reciente polémica en torno a los movimientos "desformalizadores" (tanto en la línea de las alternativas de resolución extrapenal de conflictos como en la ""retirada penal"" de signo victimo dogmático"". Finalmente, como especificación y aplicación de la perspectiva victimológica genéricamente abordada, se acomete el estudio de la ""mujer como víctima vulnerable"", respecto del delito de violación, como evolución de las principales manifestaciones de denuncia victimológica trazadas en los críticos años setenta. En el mismo sentido, se aborda, finalmente, el análisis del niño en cuanto blanco preferencial de distintas agresiones violentas en sede doméstica.
  • EmbargoTesis Doctoral
    El consentimiento de los menores dieciséis años en los delitos de agresiones sexuales (análisis de los arts. 181 y 183 bis CP)
    (2024-03-14) Parrilla Vergara, Javier; Monge Fernández, Antonia; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    El consentimiento penal es un instituto dogmático que presenta una especial complejidad, sobre todo, cuando atendemos al consentimiento prestado por los menores de edad en el marco de los delitos contra la libertad sexual. En este devenir, el presente trabajo se estructura en torno a tres ejes temáticos, a saber, el consentimiento penal, entendido como un instituto dogmático con autonomía respecto a su homónimo civil, el delito de agresión sexual a menores de dieciséis años tipificado en el art. 181 del Código penal tras la reformas operadas por la LO 10/2022 y 4/2023, y por último, la cláusula contenida en el artículo 183 bis del Código penal. A través de los citados, la presente Tesis Doctoral pretende ahondar en el consentimiento penal desde la perspectiva de la Parte General y a su vez cohonestar este instituto con las vicisitudes propias del delito de agresión sexual a menores de dieciséis años y con el tenor de la cláusula contenida en el artículo 183 bis del mismo cuerpo legal a los efectos de analizar la viabilidad y adecuación de ambos preceptos, como se ha dicho, desde la óptica del consentimiento penal. A estos efectos, el trabajo se articula en nueve Capítulos en los que se abordan la ubicación sistemática del consentimiento penal en la teoría del delito, los presupuestos de eficacia del consentimiento penal o la -íntima- relación entre consentimiento penal y bien jurídico protegido, en especial atendiendo a bienes tales que la vida o la integridad física. De igual manera, el trabajo esboza unas reflexiones político criminales sobre la sobre los delitos contra la libertad sexual de los menores de dieciséis años, además de un análisis del Derecho comparado en la materia. Tras ello, la presente Tesis Doctoral realiza un estudio del delito de agresión sexual a menores de dieciséis años de artículo 181 del Código penal, para culminar con un estudio crítico del artículo 183 bis del mismo cuerpo legal, atendiendo a los criterios de proximidad etaria y del grado de desarrollo o madurez física y psicológica. Por otra parte, el trabajo acompaña sendas conclusiones y propuestas de lege ferenda que abogan por una racionalización de la tutela de la libertad sexual de los menores de dieciséis años.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    Malos tratos habituales a la mujer: estudio jurídico-penal y criminológico. Especial referencia a la situación social en Andalucía
    (2000-07-08) Falcón Caro, María del Castillo; Polaino Navarrete, Miguel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    La investigación se ha centrado en el análisis interdisciplinar de los malos tratos habituales a la mujer, ofreciendo una visión estructural,profunda y abarcadora de la realidad jurídico-dogmática, jurisprudencial, criminológica y político-criminal de la temática.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    Aporofobia: un estudio integrado de sus dimensiones victimológicas y penales
    (2023-11-03) Barragán López, Mercedes; Herrera Moreno, Myriam; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    En 2017 se incorporó el término de aporofobia al diccionario de la Real Academia Española, como la «fobia a las personas pobres o desfavorecidas», con la finalidad de visibilizar una realidad social que venía siendo olvidada. Esto también ha tenido su repercusión en el Derecho penal, en tanto que la disposición final sexta de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, reformó el Código penal español incorporando la aporofobia como forma de discriminación. Concretamente, dicha reforma tuvo especial importancia en el art. 22. 4 del precitado texto penal, puesto que actualmente es posible agravar la responsabilidad penal del victimario que actúa por razón de odio, aversión y discriminación al pobre. En este trabajo de investigación, basándose en la igualdad constitucional como punto de partida, se analizan las dimensiones victimológicas y penales de la aporofobia, tras realizar un análisis de la pobreza y la desigualdad social desde un punto de vista nocional y estadístico; se desarrolla la problemática de la aporofobia desde una perspectiva teórica y explicativa de su origen y surgimiento; se analizan las diferentes dimensiones del odio, con el objetivo de conocer la magnitud de la problemática, y así buscar posibles soluciones y mejoras a las ya existentes; se hace un análisis jurisprudencial y un recorrido explicativo de las entidades y asociaciones existentes, que surgen para proteger de una manera integral a las personas más desfavorecidas y vulnerables socialmente; y, por último, se exponen determinadas propuestas de lege lata y lege ferenda; así como diversas propuestas para conseguir la prevención de la delincuencia aporófoba y una mejor asistencia especializada de las víctimas de aporofobia, para así evitar victimizaciones adicionales a la aporofobia.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    Intervención delictiva en el delito fiscal
    (2022-11-25) Palomino Flórez, Diego Fernando; Polaino Orts, Miguel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    La intervención delictiva es uno de los temas más complejos del Derecho penal. Dicha complejidad aumenta cuando nos hallamos en presencia de delitos que exigen ciertas cualificaciones a determinados sujetos. Doctrina y jurisprudencia admiten que el delito fiscal exige que el autor del delito sea un sujeto cualificado en relación al ordenamiento jurídico-tributario y penal. Este tipo de restricción parece reducir el espectro del tipo penal. Uno de los escenarios en los que se reflejan las complicaciones para atribuir responsabilidad se encuentra la responsabilidad que le fue atribuida a futbolistas que se valieron de estructuras societarias internacionales, para incumplir total o parcialmente con su deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. Sin embargo, salta a la vista que estos sujetos no se dedican a la gestión de sus asuntos económicos y financieros, sirviéndose de asesores y gestores fiscales para tales efectos. A pesar de ello, los tribunales españoles han considerado responsables principales a estos deportistas. La tesis doctoral indaga sobre el respaldo de tal atribución de responsabilidad, teniendo en cuenta que las disposiciones constitucionales y legales-tributarias tienden a resaltar la figura del obligado tributario. Para ello, el presupuesto de hecho expuesto es confrontado con las diversas construcciones teóricas y dogmáticas en materia de autoría y participación. Se transita por los sistemas unitarios y diferenciadores de autoría, donde resalta de forma particular el concepto restrictivo de autoría. Este concepto restrictivo de autoría se desenvuelve mediante diferentes criterios de autor, en los que sobresale la tendencia doctrinal basada en conceptos causalistas o naturalistas para la atribución de responsabilidad. Incluso los criterios de autoría planteados de forma exclusiva para los delitos con exigencias de cualificación mantienen esta perspectiva, la cual, se muestra insuficiente dada la poca trascendencia fenomenológica de los aportes de los futbolistas en la defraudación tributaria. Conforme a estos criterios, los obligados tributarios aparecen fácticamente como sujetos periféricos del acontecer criminal. No obstante, la propuesta de la competencia por institución positiva parece poder sustentar la responsabilidad en calidad de autores de los futbolistas, y en calidad de partícipes de los gestores que incluso fácticamente efectuaron la defraudación. En esta propuesta, se da preponderancia a las vinculaciones jurídicas, al contenido material de la cualificación del sujeto y al sentido social de los comportamientos, que hacen sobresalir jurídicamente a los especialmente vinculados a pesar de la levedad de sus aportes en lo fáctico. La preponderancia del sujeto cualificado parece dejar sin sustento la responsabilidad de aquellos sujetos carentes de cualificación que intervienen e incluso protagonizan fácticamente la realización del delito. Por ello, se realiza un estudio del fundamento del injusto de la participación, obviando nuevamente los criterios naturalistas y acogiendo la idea del injusto colectivo, con ciertas matizaciones necesarias para efectos de los delitos con exigencias de cualificación. La parte final del texto analiza la penalidad del sujeto no cualificado, se expone como base el sistema de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como eje sobre el cual se ha tratado la penalidad de estos intervinientes. Teniendo en cuenta los presupuestos de atribución de responsabilidad acorde a la competencia por instituciones positivas, se encuentra que la interpretación tradicional y actual de la penalidad del no cualificado ofrece más complicaciones que soluciones, por lo que se finaliza recomendando ampliar el alcance de la normativa actual en esta materia, con el fin de evitar resultados político-criminalmente inoportunos.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    La responsabilidad civil ex delicto - el artículo 112 del Código Penal español como consolidación del paradigma utilitario de la responsabilidad civil en vía punitiva. Análisis, interpretación y propuesta de integración de los contenidos del precepto
    (2022-06-17) Posada Pérez, José Antonio; Mapelli Caffarena, Borja; Manes, Vittorio; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    Esta Tesis Doctoral analiza en profundidad el artículo 112 CP y propone una interpretación acorde con su naturaleza privada. Para ello, se estudia la evolución histórica de la reparación en sede punitiva, las diferencias entre la responsabilidad civil y la penal de acuerdo con el estado de la ciencia, el modelo de responsabilidad civil ex delicto en nuestro sistema y, finalmente, se analiza el referido artículo 112 CP a través de una lectura armoniosa de todos los métodos hermenéuticos.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    El delito de quebrantamiento de condena en los tipos de violencia de género
    (2022-03-04) Román Belmonte, Isabelo José; Polaino Orts, Miguel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    La presente Tesis doctoral se aborda desde una perspectiva jurídicocriminológica. El delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar es uno de los más frecuentes en la práctica forense y su relevancia es realmente alta en el ámbito de la lucha frente a la violencia sobre la mujer. Es un tipo delictivo muy arraigado en nuestra jurisprudencia y no tan analizado por la doctrina penal. En su comisión subyace siempre una idea de fracaso del sistema, que no ha sido capaz de neutralizar el primer comportamiento delictivo del sujeto; a la que se une una singular puesta en peligro de la víctima, dada la aparente ineficacia de los medios de protección puestos a su servicio. En el marco de la violencia doméstica y de género, el riesgo pasa a ser más cierto para la víctima del delito de quebrantamiento que en otros supuestos delictivos, a raíz del desprecio del criminal por las barreras adoptadas no ya hacia la sociedad, sino más directamente enfocadas a garantizar la indemnidad de la mujer protegida. Sin embargo, nos encontramos con una penalidad relativamente baja en relación con la peligrosidad demostrada y el fracaso de los fines preventivos de la pena. El legislador, además de equiparar quebrantamiento de condena con quebrantamiento de medida cautelar, ha optado por imponer la más grave de las penas previstas para estos casos en base a un criterio puramente objetivo, cual es la pertenencia de la víctima al círculo jurídico-familiar contenido en el art. 173.2 CP. Paralelamente, se introduce ex novo y de manera forzada un apartado que incrimina la manipulación de los dispositivos electrónicos de control, los cuales aparecen implantados sólo en el ámbito penitenciario y de violencia sobre la mujer. Se configura así una suerte de totum revolutum, que acredita la exigencia de una mejor redacción del art. 468 CP, para lo que proponemos un desdoblamiento, que responda mejor a la pluriofensividad de la violencia doméstica, y una elevación generalizada de las penas, que refuerce su función intimidatoria y atienda a la proporcionalidad real del daño producido
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    El lenguaje restaurativo: valoración de su potencial educativo contra la violencia de género
    (2021-10-08) Robles de Acuña Núñez, Adela; Herrera Moreno, Myriam; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    En cualquier acción humana el pensamiento y el sentimiento se articulan en el lenguaje que comunicamos. De esta manera, si constituye un elemento transversal en las relaciones humanas, constituye fuente de conflicto, también es pilar para contentamiento y consensos ¿cómo podemos crecer en sociedad y abrirnos paso a través de las diferencias para superar el lenguaje cargado de connotaciones negativas y despectivas, que se emplean en las relaciones interpersonales? Para ello, esta investigación supone una reflexión y análisis de lo que supone los tres vértices de un triángulo equilátero: el lenguaje, la justicia restaurativa y la violencia de género, relación dialéctica encajada en un sistema penal que demanda modernidad para las relaciones jurídicas interpersonales. De tal manera que, estando inmersos en momentos de confusión por la proliferación de tantas leyes y de violencia verbal imperante en nuestro entorno, se hace necesario incorporar nuevos sistemas que complementen el sistema penal tradicional para dar otra perspectiva al enjuiciamiento del delito, de este modo, en este escenario, se apuesta por las prácticas de Justicia restaurativa para ayudar a reparar el daño. En concreto, se profundiza no solo en el lenguaje como elemento coadyuvante a tener en cuenta en los procesos restaurativos, sino también como pilar en las prácticas que se lleven a cabo para abordar el hecho punible y de reconstrucción en narrativas de reparación. El hecho es que la virulencia del lenguaje se retroalimenta generando escaladas de conflictos, llevando a las partes al ostracismo, que precisan un abordaje de factores que paren esa oleada de desavenencias. De este modo, a través de dar a conocer programas restaurativos con su lenguaje de concienciación, de empatía, de entendimiento del daño, para superar el lenguaje de dominación en delitos de Violencia de Género en casos leves, menos graves, eventuales y circunstanciales, se dirimirá y canalizará de una manera complementaria al sistema actual, pues la realidad es que los delitos de género están enquistado y confrontando el tejido social y, por responsabilidad, se requiere concebir formas de ayudar a desjudicializar el conflicto , de manera que se le pueda dar a las partes, en relaciones asimétricas, vías para solucionar los daños: precisando diferentes formas de intervenir en la reconstrucción verbal, una será el lenguaje del empoderamiento, de la asertividad para la víctima y para la otra parte, el victimario, tendrá que aprender el lenguaje del respeto, de la escucha, de la empatía de forma consiente y coherente, para reconceptualizar como percibe el entorno, abriendo una esperanza a la rehabilitación y reinserción no solo del victimario sino de la víctima. En síntesis, implicaría un desaprender y aprender en la forma de conceptuar los parámetros fundamentales de convivencia, para saber moverse en las relaciones, en las perspectivas de afrontar una disputa, tomando nuevos colores sobre cómo abordar los problemas. En este marco, el modelo de justicia restaurativa aboga por actuaciones alejadas de la confrontación, creando nuevos patrones de socializar en la cotidianidad, no tratándose de cualquier convergencia en la pareja sino una que sea equilibrada, inteligente y sustantivamente empática en el trato que se dispense. Finalmente, esta investigación terminará, a efecto práctico de lo anteriormente referido, con un análisis a través de sentencias jurisprudenciales, de como el lenguaje despreciativo y de menosprecio valida la metodología de la lingüística sistémica funcional y, en concreto, la teoría de la valoración abordada en cuanto a privilegiar tanto las narrativas de afecto como de juicio y apreciación como elemento potenciador de la violencia entre las partes.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    La videovigilancia como recurso preventivo-situacional en la reducción de delitos en comercios
    (2021-10-01) Prieto Arias, Francisco José; Herrera Moreno, Myriam; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    Las personas integrantes de la comunidad se sienten amenazadas y perjudicadas por la realidad del hecho delictivo. Por lo que tanto a nivel del poder público como de la ciudadanía han de responder de manera coparticipe en su prevención. Esta prevención abarca múltiples visiones y enfoques tanto dirigidas al delincuente como a la víctima. Y entre ellas es de destacar la Prevención Situacional del Delito, que tiene como elementos claves a la Oportunidad y a la Elección Racional. Y estos elementos inciden a su vez en tres circunstancias (delincuente, objetivo, ausencia de guardián) que han de existir para que el delito acontezca. Y esa falta de guardián, que históricamente su papel era llevado por un agente de policía (control social formal), o por una persona (informal). Gracias a las innovaciones tecnológicas del último cuarto de siglo, como es la aparición de la videovigilancia, han hecho que la misma se haya convertido en ese guardián capaz que ejerce un control y vigilancia de las personas aun más fiscalizador. Pero ello ha derivado en que ciertos Derechos Fundamentales (intimidad, imagen, datos personales) de las personas queden afectados por la videovigilancia. Por lo que se hace sine qua non que exista un maco jurídico taxativo respecto del uso de la videovigilancia. Y en el caso de España efectivamente existe diferente legislación respecto de la videovigilancia, pero más enfocada hacia los operadores públicos, que hacia las personas en general que de manera intensiva en los últimos quince años han pasado a ser quienes más uso hacen de la videovigilancia. Y ello es observable en esta sociedad ávida de consumo, donde los establecimientos comerciales se han convertido en lugares de interacciones sociales y donde las personas transitan, por lo que su imagen es permanente captada por ese “ojo electrónico” que representa cualquier cámara de videovigilancia. Y es en este aspecto, donde llevo a cabo a la vez que una crítica una aportación personal, en tanto considero que se hace muy necesaria una más amplia legislación en forma de nueva Ley Orgánica, que cubra el uso de la videovigilancia por personas particulares en los comercios de su propiedad. No cabe duda que ello representará que la videovigilancia como instrumento preventivo del delito, sea aceptada en la sociedad sin temor alguno a que su uso arbitrario o injustificado pueda dañar a ciertos Derechos Fundamentales de las personas.
  • EmbargoTesis Doctoral
    Acercamiento y embaucamiento sexuales por medio virtual a menor de 16 años (art. 183 TER CP)
    (2021-01-29) Campaña Torres, Juan Luis; Polaino Orts, Miguel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    Las tecnologías de la comunicación y de la información –TICS-, punto neurálgico de un contexto social, favorecen el desarrollo del individuo y en contra constituyen un nuevo medio idóneo para la comisión de delitos que se han trasladado al mundo digital, afectando especialmente a los más vulnerables: los menores de dieciséis años. Genéricamente por “child grooming” se entiende el conjunto de acciones realizadas por un sujeto mayor de edad con el objetivo de establecer una amistad así como el control emocional sobre un menor para preparar el terreno o ganarse su confianza para poder abusar sexualmente de él o conseguir comprometidas fotos de su intimidad. Este término se popularizó gracias a la Sexual Offence Act aprobada en Inglaterra y Gales en 2004 y se extendió, a pesar de los diversos términos empleados, a los textos legales europeos inclusive los de España. Como tipo de delito por la imposición de la normativa comunitaria se introdujo en el Código penal a través de la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio y se modificó, tal como figura en el actual art. 183 ter, ampliando su contenido y dando respuesta jurídica a un problema social. El grooming constituye un proceso gradual en el que un adulto se vale de las TICS para ponerse en contacto con un menor de dieciséis años y así crear una conexión emocional descubriendo sus debilidades, lo que disminuirá las inhibiciones de la víctima. Al lograrlo, le propone un encuentro que va acompañado de actos materiales encaminados al acercamiento (numerus apertus) o a la obtención de material pornográfico propio o imágenes de otros menores. Estos actos deben trascender al mero contacto con el mundo virtual. No es necesario que el menor acepte la propuesta sino que se requiere sin más que el sujeto activo proponga un encuentro o haga la petición de imágenes. Se trata de un delito mutilado al adelantar la consumación formal del delito a la lesión del bien jurídico del posible posterior delito sexual. El victimario se sirve de una serie de estrategias de acechamiento y persuasión dirigidas a que el menor no se identifique como víctima sino como particular participante de un juego entre ambos. Las “reglas del juego” usadas por el adulto se basan en crear sentimientos de culpabilidad, miedo y vergüenza al menor para lograr la perpetración de su acción final. Con ello se logra trazar la delgada línea que diferencia entre el ilícito penal y la interacción lícita adulto-niño, es decir, se observan no sólo los modelos genéricos sino también en cómo se va mostrando sus pretensiones sexuales. En el ilícito penal, se vale de ganar su confianza aportando la idea de estar viviendo una relación simétrica para terminar lograr el aislamiento social y emocional valiéndose de la amenaza o coacción. El “modus operandi” está marcado por el empleo de atenciones, muestras exacerbadas de interés, dación de afecto y realización de favores que crean en el menor la necesidad de corresponderle, de atender a lo que cada vez le va sugiriendo el child molester que llega a convertirse en el líder o mentor del menor. Lo ha seducido con gran simpatía fingiendo “buena onda”, le colma de atenciones y regalos, se interesa por sus preocupaciones y le da consejo aludiendo a su mayor experiencia, simula compartir aficiones… se esfuerza por hacerle ver que es una oportunidad conocer una persona única y de gran valía, le intenta hacer saber que lo considera suyo e intenta obtener si el menor lo aprecia también así, le indica que la relación que se está fraguando era diferente a las demás reprochándole que no se está volcando lo suficiente al ser su postura retraída y anormal solicitando mayor entrega y aproximación, le genera el sentimiento de que tiene que agradecerle el haber creado esa relación en la que él ni siquiera se debería haber molestado en crear debido a la intensa vida social… El apartado XII del preámbulo de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio al introducir en el Código penal este delito sexual lo justificaba al lesionarse “no sólo la indemnidad sexual del menor entendida como el derecho a no verse involucrado en un contexto sexual sin un consentimiento válidamente prestado sino también la formación y el desarrollo de la personalidad y la sexualidad del menor”. Así se le otorga por el legislador una protección reforzada y especial al evitar una acción carente de consentimiento velando por la formación y el desarrollo de su personalidad en esta etapa de aprendizaje de la vida. Esta acción se ha estudiado, desarrollándose en esta tesis, aplicando la Teoría general del delito, de su consideración de ser antijurídica, típica, culpable y punible. El Derecho penal lo ha observado como un acto preparatorio de otro de carácter sexual, adelantando la barrera punitiva frente a un posible peligro hipotético o abstracto que afecte a un menor de dieciséis años. Por debajo de esta edad, el menor no tiene capacidad para emitir cualquier clase de consentimiento en relación a actos de índole sexual. Como excepción, el artículo 183 quater del Código penal atiende a este consentimiento cuando el sujeto activo sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez –requisito acumulativo-. Se respeta así una pequeña parcela de libre desenvolvimiento personal y sexual del menor admitiendo la relación que desean mantener. El groomer, en sede de culpabilidad, es plenamente consciente y está dispuesto a cometer las acciones típicas anteriormente señaladas con la intención de embaucar al menor con fines sexuales. Es un delito marcado por el dolo: el sujeto activo sabe lo que está realizando –plena y conscientemente- y no puede en la mayoría de los casos alegar la falta de conocimiento de la ilicitud de su comportamiento y las consecuencias que origina o el error en la edad de la víctima. Este tipo puede ser cualificado, en su apartado primero, si emplea el adulto coacción –definida como apremio o mandato-, intimidación –a describir como amenaza de un mal, expreso o tácito que vierte el adulto sobre el menor- o engaño para así captar la voluntad del menor. Además pueden concurrir circunstancias atenuantes genéricas como la reparación del daño a la víctima antes del juicio, dilaciones indebidas del proceso penal o circunstancias agravantes genéricas como la reincidencia. En resumen, el abordaje del child grooming parte de la búsqueda e interés adolescente por explorar el terreno sexual -proceso normal de autoconocimiento- coincidiendo con la apertura de ventanas en el mundo de las nuevas tecnologías. Los menores como usuarios de la red expanden las fronteras de su intimidad valiéndose de ella para reconfigurar sus roles en el terreno íntimo. El ilícito penal se hace surgir por la existencia de cierta violencia ejercida, amparada en el anonimato, por un adulto –no necesariamente un pederasta o pedófilo- sobre personas vulnerables que ni se plantean los peligros virtuales. La solución a este problema no radica sólo recurriendo al Derecho penal y partiría de una mayor formación de los menores con cierta implicación de sus cuidadores.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    La culpabilidad en la doctrina jurídico-penal española
    (1989-06-16) Vidaurri Aréchiga, Manuel; Muñoz Conde, Francisco; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    En el presente trabajo se estudian los antecedentes históricos y la posterior aparición del concepto de culpabilidad. Se hace un análisis amplio de las teorías mas importantes que conoce la doctrina jurídico-penal de la culpabilidad, haciendo especial énfasis en las posiciones teóricas mantenidas por los representantes de la ciencia penal en España. Fundamentalmente se indaga sobre la fundamentación material propia de la culpabilidad, con la intención de presentar las formulaciones mas modernas que se manejan en el ámbito científico español. También se hace una revisión de las propuestas alternativas que se ofrecen frente al concepto crítico de culpabilidad en su orientación tradicional, dando cuenta de la abundante bibliografía escrita en español que habla sobre el problema en cuestión. Se llega a una propuesta de fundamentación material de la culpabilidad fincada en la teoría motivadora de las normas penales, para lo cual se acudió al examen de las relaciones del derecho penal con otras ciencias sociales no jurídicas, de lo cual quedo expresado la ineludible relación interdisciplinar del derecho penal. La actual polémica sobre los fundamentos del concepto tradicional de culpabilidad han producido un fructífero debate en la ciencia jurídico-penal en general y particularmente en la española, cosa que se aprovecha en este trabajo y aun y cuando se considera como investigación básica, aborda aspectos cuya problemática va mas allá de lo puramente básico.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    El juez de paz en la ordenación jurisdiccional española
    (1987-12-18) Cobos Gavala, Rosa; Gutiérrez-Álviz y Armario, Faustino; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    Estudio de la constitucionalidad de los juzgados de paz a la luz de las garantías jurisdiccionales de unidad y exclusividad sin que por tal motivo ni por el carácter lego de los jueces que los sirven pueda apreciarse su inconstitucionalidad del análisis del posible fundamento de los mismos como forma de participación popular en la administración de justicia lo cual se ha rechazado tras una exegesis del texto constitucional y a la luz de las vicisitudes históricas de la figura del juez lego. Estudio de la evolución histórica de la justicia municipal destacando las tres leyes fundamentales en dicha materia: la I.O.P.I. de 1870 la ley de 6 de agosto de 1907 y la ley de reforma de la justicia municipal de 19 julio 1944 pudiendo considerarse a los juzgados y jueces de paz como un residuo de la desaparecida justicia municipal tras la unificación de los dos cuerpos de jueces técnicos existentes con anterioridad a la I.O.R.J. de 1 de julio de 1985. Tras un análisis de la problemática doctrinal sobre la justicia municipal y de las distintas soluciones legislativas que en torno a la misma se han sucedido la tesis aborda el estudio de los preceptos de la L.O.R.J. de 1 julio 1985 sobre el juez de paz. Finalmente se analiza detenidamente esta figura a la luz de los principios constitucionales que inspiran la actuación judicial esto es la independencia la inamovilidad la responsabilidad y el sometimiento a la ley con especial énfasis en los problemas que esta última característica suscita en órganos servidos por jueces legos en derecho. De todo lo anterior se extraen las oportunas conclusiones.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    La participación ciudadana en la administración de justicia: el estatuto jurídico de los jueces legos
    (1999-01-15) Muñoz González, Antonio Miguel; Burgos Ladrón de Guevara, Juan; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    El Estatuto jurídico de los jueces legos contenido en la L.O. 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, parte de la consideración de ser jurado como un derecho-deber, que parece colisionar frontalmente con la previsión recogida en el art. 125 CE, donde sólo se establece que "los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado". El marco jurídico que define los requisitos, incapacidades, incompatibilidades, prohibiciones y recusaciones, y el régimen de excusas que se prevé en el texto normativo como excepción al derecho-deber consagrado en el artículo 6, son analizados con meticulosidad, y estudiados con aquellas otras que traen causa por motivos religiosos o razones de conciencia. Incluye el trabajo realizado el estudio de la constitución y de las causas que el legislador ha previsto para la disolución del Tribunal del Jurado, y los diversos supuestos que pudieran darse. La tesis doctoral se justifica desde el estudio de esa perspectiva legal, y trata de cubrir e investigar sobre las lagunas o aspectos controvertidos que se aprecian en la Ley del Jurado.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    Delito de estafa: delimitación de los elementos del tipo
    (1999-02-27) Fernández Díaz, Álvaro; Polaino Navarrete, Miguel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    El delito de estafa lesiona esencialmente el bien jurídico del patrimonio, aunque pueda además incidir en otros intereses socioeconómicos que no son esenciales al contenido material de injusto. De lege lata, puesto que la configuración positiva exige una determinada cuantía económica de la defraudación, para la apreciación del bien jurídico del patrimonio protegido en el tipo ha de prescindirse de las concepciones jurídica, personal y objetivo-individual del mismo, acogiéndose una concepción mixta jurídico-económica. De lege ferenda, se estima adecuado prescindir de un régimen formal de cuantías, y resaltar el aspecto del engaño presente en la relación bilateral, encaminado a la consecución de un beneficio económica. A fin de evitar en todo caso una excesiva amplitud del ámbito de tutela penal, ha de reclamarse una interpretación restrictiva del tipo legal, que tome en consideración el principio de la insignificancia. En la delimitación de la conducta típica de la estafa, resultan últiles los criterios normativos que ofrece la moderna teoría de la imputación objetiva, especialmente los postulados que se propugnan en los principios de la "creación de un riesgo típicamente relevante" y la "realización del riesgo en el resultado". De modo singular han de establecerse, para la concreción del tipo de estafa, los siguientes nexos típicos autónomos: la relación de riesgo entre el empleo de engaño bastante para producir error en otro y el acto de disposición patrimonal por parte del sujeto engañado, y la conexión entre el acto de disposición patrimonial y la exigencia típica de perjuicio propio o ajeno.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    El secretario judicial en el proceso civil español
    (1976-11-26) Domínguez Moreno, Manuel; Gutiérrez-Alviz y Armario, Faustino; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    El derecho a la autodefensa en el derecho procesal penal español según el Tribunal Constitucional
    (1995-12-21) Díaz Ortega, María Teresa; Gutiérrez-Alviz Conradi, Faustino; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    El objetivo del presente estudio ha sido analizar los aspectos fundamentales de los derechos judiciales de defensa y autodefensa, según el tribunal constitucional, para demostrar la existencia del derecho de autodefensa en el derecho procesal penal español. El objeto del mismo ha sido la propia doctrina del tribunal constitucional, teniendo en cuenta su remisión al derecho internacional aplicable en España y a la jurisprudencia del tribunal europeo de derechos humanos. La obra ha sido estructurada del siguiente modo: - primera parte: Situación del derecho de defensa en el derecho internacional y su aplicación en el ordenamiento jurídico español. - Segunda parte: Aspectos fundamentales del derecho de defensa. - Tercera parte: Aspectos fundamentales del derecho de autodefensa
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    Aproximación a un concepto material de culpabilidad desde sus fundamentos histórico-dogmáticos y metodológicos
    (1997-05-22) Couso Salas, Jaime; Muñoz Conde, Francisco; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
    • La tesis se ocupa del concepto material de culpabilidad. A partir del análisis histórico- dogmático de la evolución de este concepto en la doctrina jurídico-penal alemana y española, se concluye que la culpabilidad tiene una misión de garantía de la autonomía individual y de individualización de la imputación jurídico-penal. Pero como el concepto tradicional de culpabilidad de la concepción normativa adolece de graves deficiencias, en la tesis se intenta reconstruir el contenido material de la culpabilidad, sin abandonar su misión garantista pero superando aquellas deficiencias. El trabajo termina analizando algunas consecuencias dogmáticas del concepto material de culpabilidad que se ha acogido.
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    La anotación preventiva de embargo judicial sobre bienes inmuebles
    (1999) Meana Cubero, María Teresa; Gutiérrez-Álviz y Armario, Faustino; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    El Abogado General en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas
    (2006-09) León Jiménez, Rosario; Sáez González, Jesús; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales
  • Acceso AbiertoTesis Doctoral
    Los cuerpos de policía local: el caso español
    (1975) Pérez de Guzmán Moore, Torcuato; Jiménez Blanco, José; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho Penal y Ciencias Criminales