Ponencias (Derecho Constitucional)
URI permanente para esta colecciónhttps://hdl.handle.net/11441/11143
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Ponencia La Constitución según Ford, Eisenstein o Berlanga. (El cine como vehículo para el aprendizaje actitudinal del Derecho Constitucional)(Universitat de València, Servei de Publicacions, 2011) Barrero Ortega, Abraham; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalLa presente ponencia reflexiona en torno a las ventajas que presenta el cine como herramienta para la enseñanza actitudinal del Derecho Constitucional. Tomando como referencia una experiencia docente puesta en marcha en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla hace ya algunos años, se ha podido constatar que, por distintas razones, el cine facilita la asimilación por los alumnos de actitudes comportamentales y críticas en defensa de los valores democráticos. La dificultad está, en todo caso, en delimitar adecuadamente las competencias actitudinales a trabajar con el alumnado a partir de lo que pudieran denominarse valores constitucionales comunes o concreciones constitucionales cerradas.Ponencia El parlamento y el Tribunal Constitucional(Parlamento Vasco, 2009) Morales Arroyo, José MaríaPonencia Las Cortes Generales(Universidad de Sevilla y Club Unesco de Sevilla, 2009) Morales Arroyo, José María; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalPonencia Los dictámenes autonómicos en el sistema de alerta temprana(Fundación Manuel Giménez Abad de Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico, 2011) Carmona Contreras, Ana María; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalPonencia Sobre la colaboración entre Comunidades Autónomas. Análisis de una supuesto especialmente conflictivo: el Protocolo de intenciones de materia televisiva suscrito por los gobiernos de Andalucía y Extremadura(Secretaría general del Parlamento de Andalucía, 2005) Carmona Contreras, Ana María; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalPonencia El derecho subjetivo a la vivienda en el nuevo estatuto de autonomía para Andalucía(Defensor del Pueblo Andaluz, 2008) Barrero Ortega, Abraham; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalPonencia The attitude of courts and public institutions towards the multicultural reality(Vermont Law Review, 2005) Carrasco Durán, Manuel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalPonencia La repercusión del tratado por el que se establece una constitución para Europa en el proceso de reforma de los estatutos de autonomía(Tirant lo Blanch, 2004) Carrasco Durán, Manuel; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalPonencia El derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a los recursos(Editorial Aranzadi, 2003) Chocrón Giráldez, Ana María; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ProcesalPonencia Elecciones autonómicas y principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres : análisis crítico de los resultados electorales posteriores a la aprobación de la Ley Orgánica de Igualdad efectiva de mujeres y hombres(2011) Espino García, Carmen M.; Universidad de Sevilla. Departamento de Derecho ConstitucionalEl presente trabajo realiza un análisis crítico de la aplicación del principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en las elecciones autonómicas españolas posteriores a la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, introducida por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Asimismo, se recuerda que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado reiteradamente avalando la constitucionalidad del nuevo marco normativo electoral, tanto en el ámbito estatal como autonómico. Los últimos resultados electorales autonómicos reflejan un avance positivo en la participación política de las mujeres en todas las Comunidades Autónomas, siendo especialmente significativo en aquellas Comunidades que modificaron su legislación electoral autonómica, con anterioridad a la LOI, en un sentido más favorable al mínimo del 40% de cada uno de los sexos en la confección de candidaturas electorales. Sin embargo, todavía no se ha alcanzado el objetivo de la paridad democrática, como requisito de una verdadera sociedad democrática, dada la tendencia mayoritaria de los partidos políticos de asignar, de manera sistemática, el mínimo del 40% de las candidaturas al sexo femenino y de mantener, en la mayoría de las ocasiones, como cabezas de listas de cada circunscripción electoral a los varones.