2017-05-222017-05-222011Vivas-Tesón, I. (2011). La responsabilidad aquiliana por daños endofamiliares Comentario a la STS de 14 de julio de 2010. Revista Aranzadi de derecho patrimonial, 26, 335-347.1139-7179http://hdl.handle.net/11441/60222Ejercitada una acción de responsabilidad civil contra la ex esposa por daños sufridos a consecuencia de su infidelidad, el descubrimiento de la extramatrimonialidad de una hija inscrita como matrimonial y la separación conyugal, en la Sentencia objeto de comentario se dilucida si dicha acción ha de considerarse prescrita al momento de presentación de la demanda. Al respecto, ha de tenerse en cuenta que el cómputo del plazo anual de prescripción de la acción, fundada en el art. 1902 C.c., para reclamar daños continuados o de producción sucesiva o ininterrumpida derivados del incumplimiento del deber de fidelidad conyugal no se inicia hasta la producción del resultado definitivo, salvo que sea posible fraccionar en etapas diferentes o hechos diferenciados y, para los daños duraderos o permanentes, desde que lo supo el agraviado.application/pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Infidelidad conyugalResponsabilidad civilDaños continuosDuraderosPrescripción de la acciónLa responsabilidad aquiliana por daños endofamiliares Comentario a la STS de 14 de julio de 2010info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/openAccess