2018-04-242018-04-242009Espejo Lerdo de Tejada, M. (2009). Retracto legal arrendaticio, transacción y terceros: Comentario a la STS de 9 de septiembre de 2008 (JUR 2008, 306994). Revista Aranzadi de Derecho Patrimonial, 22, 451-461.1139-7179https://hdl.handle.net/11441/73457La Sentencia propone una interpretación del art. 37, 39- LH que impide la eficacia del retracto legal arrendaticio contra el tercero hipotecario del caso, con base en la pretendida buena fe de dicho tercero. En la decisión también pesa que el retracto legal no se da por acreditado, por haberse establecido por transacción entre el comprador retraído y el retrayente. Nos preguntamos si acaso el mismo resultado, la inexistencia de retracto legal, no podría haberse explicado con razones más convincentes; o si no hubiera sido posible interpretar el régimen de los retractos de la LAU de un modo que apoyara la inaplicación del art. 37,39 LH. De este modo se hubiera evitado dejar la oponibilidad a terceros del retracto en una situación de incerteza y falta de seguridad como la que puede producirse si la doctrina de la STS se consolidara.application/pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Retracto legal arrendaticioOponibilidad a tercerosEfectos de la transacciónProtección al tercero hipotecario.Retracto legal arrendaticio, transacción y terceros: Comentario a la STS de 9 de septiembre de 2008 (JUR 2008, 306994)info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/openAccess6446058