Mostrar el registro sencillo del ítem

Tesis Doctoral

dc.contributor.advisorMartínez-Gijón Machuca, Pabloes
dc.contributor.advisorLa Casa García, Rafaeles
dc.creatorVecino Ejarque, Carlos Daríoes
dc.date.accessioned2016-09-27T09:34:03Z
dc.date.available2016-09-27T09:34:03Z
dc.date.issued2016-02-03
dc.identifier.citationVecino Ejarque, C.D. (2016). La subrogación del asegurador: fundamentos dogmáticos y regulación convencional. (Tesis doctoral inédita). Universidad de Sevilla, Sevilla.
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11441/45757
dc.description.abstractEl artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro reconoce el derecho de subrogación de los aseguradores. Dicha facultad, encuadrada dentro de la subrogación que se clasifica como del tipo legal, tiene un fuerte elemento negocial que, en determinados casos, no se potencia y en otros, se encuentra con la dificultad que entraña los límites civiles de la figura en la que se basa. Si el asegurador adquiere el derecho indemnizatorio mediante otra figura distinta a la subrogación legal establecida en el referido artículo, el negocio por el que se haga habrá de ajustarse a la normativa civil reguladora de la modificación y extinción de las obligaciones. Ello supone una dificultad para el asegurador en la medida que el pago que realiza conforme al contrato de seguro de daños no coincide plenamente con el pago subrogatorio previsto en el Código Civil. Es necesario otorgar una mayor importancia a la regulación de la subrogación en los contratos de seguros, sin que ello sea justificación para el retraso o el defectuoso cumplimiento de la prestación del asegurador. Entre los extremos que pueden presentar un mayor interés se encuentran: -Las condiciones que determinan que el pago sea subrogatorio. -El modo en que el asegurador actuará una vez se haya subrogado: colaboración del asegurado y concurrencia con el asegurador, con especial atención a la regulación de la posible insolvencia del tercero responsable. -Y la ampliación del concepto de indemnización, como cumplimiento del contrato y daño indemnizable, de forma que abarque: -Los gastos relacionados con la liquidación del siniestro satisfechos directamente por el asegurador y, en general. -cualquier pago que realice el asegurador al asegurado relacionado con el bien asegurado. En relación a todas estas cuestiones el presente trabajo de investigación quiere resaltar las vicisitudes a las que se enfrenta la institución de la subrogación del asegurador en el presente. La correcta interpretación y aplicación de la subrogación del asegurador exige atender adecuadamente a todos los intereses de quienes se ponen en relación con ocasión de la misma -asegurador, asegurado y tercero responsable-, atendiendo a las necesidades actuales y a los límites que entraña la modificación de una obligación (por la entrada de un nuevo acreedor tras un pago) sin que se produzca su extinción.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectSeguroses
dc.subjectCiencias jurídicas y derechoes
dc.subjectDerecho mercantiles
dc.titleLa subrogación del asegurador: fundamentos dogmáticos y regulación convencionales
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises
dcterms.identifierhttps://ror.org/03yxnpp24
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccesses
dc.contributor.affiliationUniversidad de Sevilla. Departamento de Derecho Mercantiles
dc.identifier.idushttps://idus.us.es/xmlui/handle/11441/45757


Este registro aparece en las siguientes colecciones

Mostrar el registro sencillo del ítem

Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como: Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional